jueves, 4 de noviembre de 2010

Decimoquinta carta sobre la reforma.

Reforma Procesal Civil

Señor Director:


El senador Víctor Pérez se ha referido en una columna del día lunes al trabajo que, por un honroso encargo del ministro de Justicia, me corresponde efectuar, junto con dos distinguidos juristas, revisando el Proyecto de Código Procesal Civil que se elaborara en el gobierno anterior, tarea en la que, por lo demás, participamos los tres actuales revisores.
El senador Pérez critica nuestra común condición de profesores de derecho, instando a que se acuda al aporte de abogados de la praxis, frente a lo cual me parece necesario expresarle que he ejercido ininterrumpidamente mi profesión de abogado litigante en tribunales por cerca de 40 años.
En relación con su temor por la regulación de la casación, junto con hacer presente que se trata de un tema no resuelto, creo indispensable no confundirlo -como pareciera acontecer en la columna que comento- con el rol que cabe a la Corte Suprema en la impartición de justicia. La eliminación de la casación en algunos códigos no corresponde al afán de marginar a esa Corte, poniendo en peligro el sistema constitucional, sino representa una reacción frente a la manifiesta falta de actualidad de la casación para resolver los problemas de los justiciables. Éste constituye el desafío del legislador nacional: armonizar algunos de los fines tradicionales del instituto casacional con la tarea esencial de la jurisdicción, incluida la Corte Suprema, de no sacrificar la justicia por el derecho.

Raúl Tavolari Oliveros
Abogado y Profesor de Derecho Procesal Presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal

Fuente: http://blogs.elmercurio.com/columnasycartas/2010/11/03/reforma-procesal-civil-2.asp
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